Áreas de actuación
CONCURSO DE ACREEDORES
PRECONCURSO
El preconcurso, anteriormente conocido como “5 bis”, por referencia al artículo que lo regulaba
en la recientemente derogada Ley Concursal por el Texto Refundido que ha entrado en vigor el
día 1 de septiembre de 2020, otorga una protección al deudor frente a sus acreedores por un
plazo máximo de cuatro meses a fin de que pueda llevar a cabo una negociación con sus
acreedores que le permita reordenar los pagos pendientes y eludir, en su caso, el inicio de un
proceso concursal.
La figura del preconcurso permite al deudor proteger su patrimonio empresarial frente a
ejecuciones judiciales por parte de sus acreedores, en aras a evitar que se sucedan embargos
sobre los bienes y derechos que resulten necesarios para el mantenimiento de su actividad
empresarial. Dicha protección preconcursal otorga al deudor la capacidad de reorganizarse y
entablar negociaciones con sus acreedores, al tiempo que limita la capacidad de éstos de
iniciar ejecuciones contra su patrimonio y paraliza las ejecuciones que estuvieren en curso
(incluyendo la subasta de bienes previamente embargados).
PREPACK
Procedimiento ágil y efectivo para la preparación de la venta de la unidad productiva del deudor en fase preconcursal mediante el nombramiento por el futuro juez del concurso de un administrador interino. Interviniendo activamente en la consecución de ofertas vinculantes respondiendo a los requisitos de publicidad, transparencia y concurrencia exigidos por la normativa vigente
PROPUESTA ANTICIPADA DE CONVENIO (PAC)
En toda negociación entre un deudor y los diversos acreedores existentes es habitual que
concurran supuestos de flexibilidad negociadora muy diversa entre la pluralidad de acreedores
que acuden a la negociación, de suerte que, en ocasiones, es posible alcanzar acuerdos con
un grupo de acreedores, mientras el resto se oponen a la negociación.
En tales casos, cuando resulte necesario hacer extensibles a los acreedores no firmantes del
acuerdo los compromisos alcanzados con los acreedores favorables al mismo, cabe hacer uso
de la propuesta anticipada de convenio de acreedores (PAC), en virtud de la cual, la
aprobación judicial de la propuesta permitirá extender a los acreedores no firmantes, según los
casos, los pactos suscritos de quitas y/o esperas para la refinanciación de la deuda.
La principal ventaja de la PAC frente a un convenio concursal ordinario consiste en la
capacidad de negociación con la pluralidad de acreedores existentes con carácter previo a
iniciar el proceso concursal, lo cual otorga mayor credibilidad y seguridad a la negociación, al
conocerse de antemano la viabilidad de la superación del concurso de acreedores por la vía del
convenio al haber logrado previamente las mayorías suficientes para su aprobación judicial. De
igual manera, el inicio de un proceso concursal con suscripción previa de una PAC acorta de
manera muy significativa los tiempos de duración del procedimiento, con evidente beneficio
para la empresa deudora.
CONVENIO CONCURSAL
El inicio de un proceso concursal para la aprobación judicial de un convenio de acreedores
requiere la adhesión al mismo de una mayoría suficiente que permita hacer extensibles al resto
de acreedores los pactos alcanzados de quitas y/o esperas.
A diferencia de la propuesta anticipada de convenio (PAC), el régimen de mayorías debe
alcanzarse en el seno del proceso concursal, por lo que las negociaciones con los acreedores
se llevarán a cabo una vez conste la declaración en concurso del deudor.
La principal ventaja del convenio concursal ordinario consiste en la capacidad de la
administración concursal de informar a los acreedores acerca de la viabilidad del cumplimiento
del convenio por parte del deudor, así como de las expectativas de pago de las deudas en caso
de no resultar aprobado el convenio, lo cual puede favorecer la superación de la resistencia
inicial de una mayoría de acreedores a consentir la refinanciación de deudas a la empresa
deudora.
REESTRUCTURACIONES
Las operaciones de reestructuración de las sociedades de capital pueden ser utilizadas como
mecanismos de superación de una situación de crisis económica cuando las circunstancias
concurrentes permitan escindir o segregar ciertas unidades productivas del resto.
A diferencia de los procesos de venta de unidades productivas viables, estas modificaciones
estructurales pueden llevarse a cabo sin necesidad de acudir a un proceso concursal, lo cual
agiliza la toma de decisiones y su ejecución.
ELABORACIÓN DE PLANES DE VIABILIDAD
La viabilidad de la actividad empresarial se mide por la capacidad de generación de recursos
suficientes para cumplir con la totalidad de los compromisos adquiridos y la obtención de
beneficio. Por ello, la ausencia de viabilidad debe llevarnos a identificar los sobrecostes y/o el
sobreendeudamiento que conllevan la generación del escenario de crisis en la empresa.
Un diagnóstico acertado de la situación nos permitirá focalizar los esfuerzos en la remoción de
las causas principales generadoras de la crisis, a fin de elaborar un plan de acción tendente a
su remoción.
ACUERDOS CON INVERSORES
En ocasiones, la viabilidad de una actividad empresarial se encuentra comprometida a
consecuencia de la ausencia de apoyo financiero suficiente para cumplir con el plan de
negocio, siendo por ello que resulta ineludible alcanzar un acuerdo con un socio inversor, a fin
de dotar a la empresa de la liquidez y financiación necesarias que permitan eliminar dicha
ausencia de viabilidad.
En este ámbito existen múltiples vías de actuación y diversas categorías de inversores con los
que poder alcanzar el acuerdo adecuado para cada empresa, desde la obtención de préstamos
participativos hasta la participación en capital, incluyendo la desinversión en activos o la
compra de deuda.
MEDIACIÓN
Asimismo, adaptándonos a lo dispuesto en el Real Decreto 980/2013, de 13 de diciembre, por
el que se desarrollan determinados aspectos en materia de mediación civil y mercantil, hemos
querido apostar por esta alternativa, desarrollando el área específica de mediación, ofreciendo
desde nuestra firma las posibilidades que abre esta opción.